Subvenciones para la Organización de competiciones femeninas y de competiciones en igualdad
Las acciones estarán destinadas a promover la participación de las mujeres en el deporte, rompiendo la brecha de género, así como la diversificación de la práctica deportiva femenina y en igualdad.
Estarán incluidas las siguientes actuaciones de promoción dentro y fuera del ámbito federativo:
- Organización de competiciones deportivas.
- Organización de competiciones en igualdad, entendiendo por éstas las que se disputen por equipos mixtos.
Requisitos
Beneficiarios
a) Las Entidades Locales comprendidas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
b) Las Entidades Deportivas Riojanas que se encuentren legalmente constituidas e inscritas en el Registro del Deporte de La Rioja que desarrollen su actividad mayoritariamente en esta Comunidad Autónoma, con excepción de las Sociedades Anónimas Deportivas, y las Agrupaciones Deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja. Se entenderá que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones los realice en este territorio.
En el caso de las Agrupaciones y Grupos Deportivos beneficiarios de estas subvenciones, las solicitudes deberán efectuarse por las Entidades Públicas o Privadas al amparo de las cuales se constituyen aquellas.
c) Las Asociaciones constituidas y domiciliadas en La Rioja e inscritas en el Registro Público correspondiente.
En cualquier caso, los solicitantes mencionados, para poder ser beneficiarios de subvenciones, habrán de estar al día en el cumplimiento de los requerimientos que en el ejercicio de sus competencias hay efectuado la Consejería competente en materia deportiva, y obtener al menos el 10% del total de puntos posible.
Periodo subvencionable
El plazo de realización de las actividades subvencionadas será el comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025.
Documentación
Solicitud
Las solicitudes deberán ir acompañadas de la siguiente documentación, conforme a lo recogido en el artículo 8 de la Orden.
JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN
- Conforme al artículo 17 de la Orden.
Aportación de documentos junto con la solicitud
Escanee o cumplimente la documentación y adjúntela a la solicitud.
- Modelo de solicitud (67 kb)
- Declaración responsable de estar al corriente (56.4 kb)
- Suficiencia de ingresos (56.1 kb)
- Declaración responsable menores (56.9 kb)
- Declaración sanción por discriminación (56.3 kb)
- Memoria (56 kb)
- Presupuesto (59.8 kb)
- Valoración de indicadores (58.9 kb)
Cómo tramitarlo
La presentación de solicitudes se podrá realizar
De forma electrónica desde el botón Tramitar
Téngase en cuenta que el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligatoriedad de la gestión electrónica para determinados sujetos como, por ejemplo, las personas jurídicas: ver sujetos obligados
Plazos
Plazo de presentación de solicitudes
15 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja (fecha de publicación en el BOR: 2 de junio de 2025)
El plazo de presentación de solicitudes comienza el 3 de junio de 2025 y finaliza el 25 de junio de 2025.
Plazo de resolución y notificación
Seis meses, contados desde la publicación del extracto de la resolución de la convocatoria en el BOR. Transcurrido dicho plazo sin que la Resolución haya sido notificada, el interesado deberá entender desestimada su solicitud por silencio administrativo.Otros plazos
Plazo de justificacion de la subvención
Finaliza el día 15 de octubre de 2025
Tasas
No tiene tasa
Notificaciones
La regulación sobre las notificaciones está contenida en los artículos 40 a 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas.
Téngase en cuenta que para acceder a la notificación electrónica será necesario disponer de un DNI electrónico o disponer de uno de los certificados reconocidos por el Gobierno de la Rioja. Información sobre firma electrónica.
Contacto
Ponemos a su disposición la relación de contactos asociados a esta gestión.
Ainara García López
Organismo
- Consejería competente: Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud
- Órgano competente: Dirección General de Deporte y Juventud
- Unidad tramitadora: Servicio de Promoción y Desarrollo del Deporte
- Cargo que resuelve: Consejero/a
Normativa
Orden CTD/20/2025, de 27 de febrero, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de subvenciones para la promoción de la igualdad en el deporte.
Resolución 159/2025, de 16 de mayo, Convocatoria de subvenciones para la promoción de la igualdad de género en el deporte
Más información
Sentido de silencio (silencio administrativo):
NegativoRecurso que procede:
Reposición Potestativo/Contencioso Administrativo
Utilidades y servicios
Información
Asistencia Técnica
Antes de realizar cualquier trámite compruebe que todos los componentes necesarios están correctamente instalados y en funcionamiento mediante los siguientes test: